Un concejal de Córdoba propone multar a las apps por cada viaje con choferes sin habilitación

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El concejal cordobés Diego Casado propone multar a las aplicaciones de transporte con 16 a 49 millones de pesos cada vez que asignen un viaje a un chofer o un auto sin inscripción municipal.

Hoy, si alguien maneja para Uber en Córdoba sin estar inscripto, la multa la pagan el conductor y el dueño del auto. El proyecto la pasaría a la plataforma cuando esa sea la única falta. Lo publicó La Voz del Interior el 4 de octubre. NotiTaxi no tuvo acceso al texto, que todavía no tiene número de expediente público.

Casado integra el bloque Hacemos Unidos por Córdoba, el oficialismo en el Concejo Deliberante. «Nosotros lo que buscamos es que el control también recaiga sobre la empresa. Que no dejen entrar a cualquiera», dijo a ese diario.

Qué rige hoy para Uber en Córdoba

Las aplicaciones con autos particulares son legales en la ciudad desde la Ordenanza 13.549, que el Concejo sancionó el 14 de agosto de 2025 y se publicó el 7 de octubre de ese año.

Para manejar, el conductor tiene que estar inscripto en el Registro Digital Municipal y tener licencia profesional D1, seguro y certificados de antecedentes penales. El auto no puede tener más de diez años y el chofer no puede trabajar más de doce horas por día. El viaje no puede costar menos que un boleto de colectivo.

La ordenanza ya les pone una obligación a las empresas: «deben asegurar el cumplimiento» de los requisitos de choferes, dueños y autos (artículo 4). El Decreto 796/2025, que la reglamentó en noviembre, lo hizo concreto: las empresas «deben verificar la habilitación en el Registro Digital Municipal» de cada conductor y cada vehículo, y tienen que informar a la Municipalidad cada vez que un chofer se conecta y se desconecta.

El decreto les dio 60 días para conectar sus aplicaciones al Registro. Si no lo hacían, «la Autoridad de Aplicación revocará la habilitación».

Lo que falta: una multa por viaje

Las multas de la ordenanza son de 240 a 500 unidades económicas municipales (UEM) para los conductores, de 500 a 1.000 para los dueños de los autos y de 1.000 a 2.000 para las empresas que incumplan el artículo 4. Ninguna se cuenta por viaje. El decreto dejó ese artículo sin reglamentar.

El proyecto de Casado agrega esa multa por viaje. Según La Voz, la plataforma tendría que verificar la habilitación antes de activar una cuenta y antes de asignar cada viaje, y bloquear las solicitudes si falta algo. Además:

  • Multa por constatación: de 1.000 a 3.000 UEM, de 16,4 a 49,4 millones de pesos con el valor de 16.456 pesos por unidad que cita el diario.
  • Reincidencia: de 2.000 a 5.000 UEM, de 32,9 a 82,3 millones.
  • Plataformas sin habilitación municipal: de 3.000 a 15.000 UEM, hasta 246,8 millones, con suspensiones de 30 a 180 días e inhabilitación de dos años o definitiva.
  • Sin descuentos al chofer: la empresa no podría recuperar la multa cobrándosela a los conductores o a los dueños de los autos.
  • Registros: las plataformas guardarían durante 24 meses los datos para reconstruir cada viaje y cada verificación.

El conductor o el dueño que solo tenga la inscripción vencida o pendiente recibiría una intimación para regularizarse en 30 días. Mientras tanto no podría trabajar, pero el auto no iría al depósito. Para eso haría falta otra causa, como no tener licencia o seguro, o la inspección técnica vencida. La excepción no alcanzaría al alquiler de cuentas.

Para eso, el proyecto modifica la Ordenanza 13.549 y el artículo 181 del Código de Convivencia Ciudadana. Mantiene los requisitos para manejar.

Claudio López, secretario gremial del Sindicato de Conductores de Taxis de Córdoba, respaldó que las empresas respondan por los incumplimientos, según La Voz.

Cómo es en Rosario y en Buenos Aires

En Rosario, la Ordenanza 10.544 permite las aplicaciones solo para taxis y remises, y prevé para las plataformas no autorizadas una suspensión de hasta dos años o la revocación. El Concejo rosarino discute ahora varios proyectos para legalizar Uber.

En la ciudad de Buenos Aires, en abril, la Cámara de Apelaciones porteña condenó al Gobierno de la Ciudad por no haberlas controlado durante diez años. En mayo, la Secretaría de Transporte aprobó requisitos para las empresas de apps con la Resolución 99/SECT/26: licencia D1 y sin antecedentes penales para los choferes, VTV y seguro para los autos. No es una ley, y los datos de choferes y autos los guarda cada empresa.

Qué sigue

Casado le dijo a La Voz que había presentado el proyecto una semana antes y que esperaba que tomara estado parlamentario esta semana. Después tendrá que pasar por comisión. NotiTaxi va a actualizar esta nota cuando se conozca el texto completo.

Corrección (21/10/2026): una versión anterior de esta nota decía que en la ciudad de Buenos Aires no había ninguna norma para las aplicaciones de transporte. Desde el 28 de mayo de 2026 rige la Resolución 99/SECT/26.

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