El Municipio reglamenta el registro de las apps en Mar del Plata y establece cómo controlará la documentación de las empresas, los conductores y los vehículos.
El Decreto 1978/26, publicado el 9 de octubre en el Boletín Municipal, desarrolla el régimen de la Ordenanza 27.001.
La medida continúa el proceso que NotiTaxi contó en junio, cuando el Concejo aprobó la regulación de las plataformas y una reforma para taxis y remises.
Qué plazos tienen las empresas
Las plataformas que ya operan en General Pueyrredon deberán solicitar su inscripción durante los primeros 45 días del período de adecuación. El plazo total es de 90 días desde la publicación del decreto.
Vencido el plazo sin haberse inscripto, la operación se considerará no autorizada y se aplicarán las disposiciones de la Ordenanza 23.928 a las que remite el decreto.
La Municipalidad deberá publicar y mantener actualizado el listado de empresas autorizadas, con su número de inscripción, la plataforma que operan y el estado de su registro.
Qué deben presentar las empresas
Las empresas nacionales deberán presentar su documentación societaria, la inscripción ante ARCA y, cuando corresponda, ante ARBA. También tendrán que constituir un domicilio especial en General Pueyrredon y un domicilio electrónico para recibir notificaciones.
Además, deberán acreditar que son titulares de la aplicación o que tienen derechos o acuerdos para utilizarla. El decreto exige designar un responsable de cumplimiento normativo y un canal de contacto operativo permanente.
La inscripción en el registro no implica, por sí sola, obtener una habilitación comercial. Sin embargo, las oficinas, centros de atención u otros establecimientos físicos donde desarrollen actividades en el partido sí deberán contar con la habilitación municipal correspondiente.
Las empresas también tendrán que comunicar, dentro de diez días hábiles, los cambios en sus autoridades, representantes, domicilios o plataforma utilizada, entre otros datos. Esa obligación permite mantener actualizada la información del registro.
Cómo será el control de las apps en Mar del Plata
Las empresas deberán permitir que el Municipio consulte los datos de conductores y vehículos mediante un método acordado entre las partes, con actualización automática de la información.
La consulta incluirá la licencia de conducir, el estado de cumplimiento del requisito de antecedentes penales, el vehículo autorizado, el seguro y la VTV, entre otros datos.
El acceso habitual no comprende el contenido del certificado de antecedentes, los datos de pasajeros, los registros de viajes ni la geolocalización. Para obtener información sobre usuarios y recorridos, el decreto exige un requerimiento judicial o alguno de los supuestos previstos en la legislación de protección de datos personales.
Los requisitos que ya estaban en la ordenanza
La Ordenanza 27.001, sancionada el 18 de junio y promulgada al día siguiente, ya exigía a las empresas verificar que los choferes cumplieran estas condiciones:
- Licencia profesional D1 expedida por General Pueyrredon.
- Certificado vigente que acredite la inexistencia de antecedentes penales, con renovación anual.
- Titularidad del vehículo o autorización suficiente para utilizarlo.
Los vehículos deben tener hasta 15 años desde su patentamiento, verificación técnica vigente, documentación para circular y seguro para transporte oneroso de pasajeros mediante plataformas.
También deben exhibir una identificación visible durante el servicio. Los viajes solo pueden contratarse por la aplicación: está prohibido captar pasajeros en la vía pública.
La ordenanza atribuye a las empresas la responsabilidad de verificar los requisitos y establece su responsabilidad solidaria frente a usuarios y terceros por las consecuencias jurídicas del servicio.
Qué dijeron los choferes
«No ha cambiado nada en nuestra situación», dijeron choferes de aplicaciones consultados por 0223. Según ese medio, señalaron que los requisitos para conductores y vehículos ya estaban previstos y que faltan precisiones sobre los distintivos.
El decreto no define el diseño de esa identificación y faculta a Transporte a aprobar normas complementarias, formularios y el protocolo técnico de consulta.
La reforma del taxi está en otra ordenanza
Los cambios para taxis y remises aprobados en la misma sesión quedaron en la Ordenanza 27.004, promulgada el 23 de junio.
Esa norma contempla un registro especial para taxis que trabajen mediante aplicaciones. Cuando el viaje se contrate bajo esa modalidad, el precio será el que determine la plataforma.
También establece una vida útil de 15 años para las unidades y mantiene el turno diario obligatorio de ocho horas, con posibilidad de continuar prestando servicio fuera de ese turno.
Para los remises, permite concertar viajes mediante aplicaciones a través de agencias habilitadas y cobrar el precio determinado por la plataforma.



